La Escuela Nacional de Jurisprudencia en 1904

Es importante, para iniciar la relatoría de 1904, enfatizar que durante ese año se impartían en la Escuela los estudios para la carrera de abogado y los correspondientes para la de agente de negocios.

Como sucedía anualmente, al iniciar el ciclo se publicó el Plan de Estudios por parte del Ejecutivo Federal —en aquel momento era el general Porfirio Díaz— a través de la autorización que otorgaba la Secretaría de Estado y del Despacho de Justicia e Instrucción Pública, Sección de Instrucción Preparatoria y Profesional.

Las materias autorizadas fueron: derecho constitucional, derecho romano, derecho civil, derecho mercantil y leyes no codificadas, derecho penal, derecho administrativo y legislación fiscal, derecho internacional público y privado, procedimientos civiles, procedimientos penales, procedimientos federales, economía política, medicina legal, filosofía del derecho y oratoria forense.

El requisito indispensable para poder inscribirse a la Escuela como alumno numerario, así como para tener derecho a examen de cualquiera de los cursos de las dos carreras era contar con un certificado que comprobara que el solicitante había sido aprobado en todas las materias en la Escuela Nacional Preparatoria, o en las escuelas oficiales de los estados que hubieran aceptado el mismo plan de estudios que ésta.

Los estudios aprobados para la carrera de derecho en 1904 fueron:

Primer año.

Derecho constitucional (historia y texto).

Primer curso de derecho civil (historia, personas y cosas).

Primer curso de derecho romano (historia, personas y cosas).

Segundo año.

Segundo curso de derecho civil (obligaciones y herencias).

Segundo curso de derecho romano (obligaciones, acciones y herencias).

Tercer año.

Derecho mercantil, sus antecedentes históricos y leyes civiles no codificadas.

Derecho penal, su historia y progresos.

Cuarto año.

Procedimientos civiles, mercantiles, comunes y federales.

Procedimientos penales, comunes, militares y federales.

Práctica en los juzgados civiles.

Quinto año.

Economía política.

Derecho administrativo y legislación fiscal.

Derecho internacional privado y conflictos de leyes de diversos

Estados de la Federación mexicana y leyes especiales sobre la materia.

Práctica en los juzgados penales.

Sexto año.

Medicina legal.

Derecho internacional público.

Filosofía del derecho y oratoria forense.

Práctica en los juzgados federales.

Adicionalmente se estableció que los alumnos practicarían durante dos años dos en el bufete de algún abogado.

Para el caso de la carrera de agente de negocios el programa era el siguiente:

Primer año.

Procedimientos civiles y mercantiles.

Práctica en un juzgado de lo civil.

Segundo año.

Procedimientos penales.

Práctica en un Juzgado de lo criminal.

La clases iniciaron el 7 de enero y finalizaron el 30 de septiembre, los exámenes de cada asignatura se efectuaron del 15 de octubre al 15 de noviembre, y los profesionales del 19 de febrero al 30 de septiembre. Se estableció que la semana escolar era de seis días y las clases no podían durar menos de una hora ni más de hora y media.

Para inscribirse como alumno numerario y para tener derecho a examen de los cursos posteriores, tanto de la carrera de abogado de la de agente de negocios, se tenían que haber aprobado todas las asignaturas del curso precedente. Sin embargo, todas las personas que lo desearan, podían asistir libremente a las clases, sin más requisito que el de sujetarse al Reglamento Interior de la Escuela.

Para dar clases, se necesitaba ser ciudadano mexicano en el pleno goce de sus derechos y tener título de abogado. Este último requisito no era necesario para la clase de medicina legal.

En cuanto a los textos aprobados para todos los cursos, durante 1904 fueron:

Derecho romano.

Cours élementaire du droit romain por Van Wetter.

Derecho civil.

Código Civil del Distrito Federal, incluyendo en el primer año la reseña histórica que servía de introducción a la obra de Derecho civil y penal de España, por Gómez de la Serna y Montalván.

Derecho mercantil.

Primer curso de derecho mercantil mexicano, del Lic. Jacinto Pallares, y la legislación federal complementaria del derecho civil mexicano con sus apéndices, así como el Código del comercio mexicano, y en particular las leyes de 14 de diciembre y 8 de noviembre de 1892, las reformas constitucionales de 14 de mayo de 1901 y 16 de noviembre de 1900, desde el punto de ‘vista civil y las leyes vigentes sobre bancos e instituciones de crédito, almacenes de depósito, beneficencia y clasificación y régimen de bienes federales.

Derecho penal.

Código Penal del Distrito Federal y la obra de Ortolán sobre la materia.

Derecho constitucional.

La obra del Lic. Coronado.

Procedimientos Civiles.

Los Códigos de procedimientos civiles, comunes, federales y mercantiles.

Procedimientos penales.

La obra del Lic. Ricardo Rodríguez, el código de procedimientos penales del Distrito y de los Territorios, la parte relativa del Código de Procedimientos Federales, el artículo 103 de la Constitución Política de la República y leyes sobre organización, competencia y procedimientos en el fuero de guerra.

Economía política.

Curso analítico de economía política, por Alfred Jourdan.

Legislación fiscal.

La obra del Lic. Luis G. Labastida.

Derecho Internacional Privado.

La obra de Pascual Fiore (edición traducida por A. García Moreno, reimpresa en México.), la exposición de motivos de la Ley de Extranjería por el Lic. Ignacio L. Vallarta y las leyes mexicanas relativas.

Medicina legal.

Resumen de medicina legal y ciencias conexas, por el doctor Román Ramírez.

Derecho internacional público.

Derecho internacional de Europa por Heffter, última edición francesa anotada por Geffch

Exámenes

En cuanto a los exámenes de asignatura realizados bajo el sistema oral, del 15 de octubre al 15 de noviembre, se presentaron 179 alumnos, de los cuales 161 fueron aprobados en todas las materias, 11 reprobaron todas, y 7 reprobaron sólo alguna. Las primeras calificaciones fueron obtenidas por 30 alumnos.

Los premios otorgados por la Junta de Profesores y aprobados por la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública, correspondieron a:

Primer año

Primer premio: Rómulo Becerra, Hipólito Olea, Alfonso Teja y Zabre, Ernesto Garza Pérez, Francisco Olea y Juan M. Ruiz Esparza.

Segundo premio: Alfonso Rosenzweig.

Segundo año

Primer premio: Ricardo Huerta y José Luis Prado.

Segundo premio: Eduardo Pallares.

Tercer año

Primer premio: Francisco D. Barroso y Salvador Urbina.

Segundo premio: Miguel Garza Aldape y José Pallares.

Cuarto año

Primer premio: Ignacio Bravo, Luciano Wiechers, Mariano J. Noriega y Vicente Sánchez Gavito.

Segundo premio: Samuel Eguiluz, Roberto Núñez y Prida y Manuel Macías.

Quinto año

Primer premio: Daniel Quiroz.

Segundo premio: Federico González Garza, Julián Morineau y José Ortiz García.

Sexto año

Segundo premio: Guillermo Novoa, y Alfonso Siller.

Los que obtuvieron el título de Abogado, en virtud de haber sido aprobados por la Escuela Nacional de Jurisprudencia en su examen profesional, fueron: Nicanor Gurría, Carlos Sánchez Mejorada, José Castellot, Agustín Garza Galindo, Enrique Morales, Salvador Diego Fernández, Mauricio L. Chirinos, Fernando Solís Cámara, Adelaido G. Ortiz, Manuel Zamora, José Galicia, Francisco Alcalde, Ernesto Segura, José F. Villalobos, Enrique Rodríguez Miramón, José María Lozano, Adolfo Valles, Waldo Rascón, Jesús Páez Sedas, Alfredo Vite, Trinidad Mastache y Everardo Gallardo.

Dos candidatos no obtuvieron aprobación por unanimidad de votos y los jurados acordaron, en consecuencia, que volvieran a sustentar examen el año próximo, si así lo solicitaban.

Finalmente, la Escuela Nacional de Jurisprudencia cerró el año de 1904 con el doloroso fallecimiento de su catedrático de derecho civil y mercantil, el Lic. Jacinto Pallares, quien murió en la Ciudad de México el 2 de diciembre.

El Lic. Pallares era parte del profesorado desde el 24 de septiembre de 1870, fecha en que por oposición obtuvo la cátedra de derecho natural; y también por oposición obtuvo la de elocuencia forense, el 19 de noviembre de 1883. Nunca se separó del establecimiento y muchas generaciones de abogados le llamaban «maestro,» porque de él recibieron sabias enseñanzas.

La Escuela estuvo a su cargo de los funerales por acuerdo especial de la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública, mismos que tuvieron verificativo el 3 de diciembre a las 15.00 horas. Fueron presididos por el Ministro de Justicia e Instrucción Pública, el Lic. Justino Fernández, acompañado, en representación de la familia, de los licenciados Carlos M. Saavedra y Demetrio Sodi.

El entierro se realizó en el Panteón Español, durante el cual se pronunciaron varias oraciones fúnebres en su honor, por los alumnos Eduardo Xicoy, Antonio Caso, Miguel Cordero, y los señores José María Lozano, Rodolfo Reyes y Manuel Vázquez Tagle.